Los precios de los tratamientos cubiertos por las compañías aseguradoras, NO SON DESCUENTO NI PORCENTAJE de nuestros precios privados. Y NO nos son compensados por la compañía aseguradora hasta llegar a nuestro precio privado.
Los tratamientos que son gratuitos por el paciente, nos son compensados o NO, dependiendo de la compañía aseguradora y NUNCA compensados hasta nuestro precio privado.
Cada mutua tiene sus propios baremos de precios que cambian cada año. Todas las clínicas concertadas en una misma mutua deben tener los MISMOS PRECIOS en los tratamientos cubiertos; lo que puede cambiar es el diagnóstico, tratamiento o tipo y calidad de los materiales que se utilicen.
Por tanto los precios pueden ser diferentes entre una clínica u otra.
Los tratamientos de mutua que son gratuitos para el paciente, son para los pacientes que se tratan totalmente en nuestra clínica.
Los tratamientos de mutua que son gratuitos para el paciente, NO son de realización obligatoria, sino según diagnóstico profesional. Como profesionales nos guardamos la potestad según nuestro diagnóstico de realizar o no el tratamiento, en función de una revisión previa al tratamiento.
NO DAMOS CITAS DIRECTAMENTE por la HIGIENE o LIMPIEZA. Este tratamiento cubierto por las compañías aseguradoras es un tratamiento para quitar sólo pequeñas manchas y placa supragingival, y sólo está destinado e indicado, para un tipo muy concreto de paciente, normalmente muy joven y con boca muy sana.
Como en cualquier tratamiento odontológico, debe haber previamente una visita-revisión realizada por el odontólogo para valorar si se trata realmente de una pequeña higiene o hay placa subgingival, bolsas, gingivitis o enfermedad periodontal y qué grado tiene. Es decir, si el paciente necesita tratamiento periodontal y de qué tipo.
No es correcto, ni ético, ni profesional, realizar un tratamiento cuando el tratamiento que se necesita es otro y esto puede ir en perjuicio de su salud.